miércoles, 25 de julio de 2018




VENTA DEL CASTILLO DE LOS SOTOMAYOR Y ZUÑIGA.


Breve Reseña De Don Gutiérrez, y Primeros Sucesores.
El 6 de noviembre de1444Juan ll de Castilla dona las villas de Gahete e Hinojosa, en concepto de señorío al Frey don Gutierre de Sotomayor, Maestre de la Orden de Alcántara, en agradecimiento a unos servicios muy importantes e inestimable ayuda contra el infante de Aragón don Enrique, en defensa del asedio de Sevilla, y la liberación de Córdoba, Carmona y Alcalá de Guadaira, que se habían revelado, restituyendo los derechos del Rey Juan ll, hechos acaecidos entre marzo y mayo de1444; la batalla de Olmedo, fue el 19 de mayo de 1445, al confirmar estas fechas, nada tiene que ver la donación de estas villas, con la batalla de Olmedo. El 30 de agosto de 1445, dos Privilegio Rodado,

conteniendo el texto íntegro de las dos cédulas anteriores, confirma el albalá de donación, reforzándola y solemniza la merced de estas villas, facultándole para fundar mayorazgo y legarlo a sus sucesores, permitiéndole construir un castillo. Dadas las ambiciones y premuras que tenía por consolidar la posesión del señorío, debió iniciar la construcción el mismo maestre, antes del 1450, sobre edificaciones de otras fortalezas, como romana y árabe que aún subsisten, como las murallas con torres albarranas. Le sucede su primogénito Alfonso de Sotomayor, “primer conde de Belalcázar”. Durante su  periodo y el de su esposa, doña Elvira Manríquez de Zúñiga, se dio un gran impulso en la construcción del castillo. El pasaje de Barrantes (del cual reproduzco algunas líneas) alusivo a esta villa dice: “heredó el estado su hijo don Juan de Sotomayor ll conde, (futuro fray Juan de la Puebla), e porque era niño quedó la gobernación de su estado a su madre doña Elvira d' Estúñiga, hija del conde de Plasencia, duque de Arévalo, señor de Béjar, la cual señora acabó de hazer el alcázar de Belalcázar, por donde aquel pueblo tomo nombre, llamándose antes Gahete”. A este testimonio de Barrantes se suma el de Rades de Andrada. Refiere este autor en su crónica de Alcántara: Fray Juan de la Puebla en un principio tomo el hábito de los Gerónimo, ingresando en el convento de Guadalupe. Su madre le recomendó ingresar en la orden franciscana. Estando ya en Roma y conociendo el Papa Sixto lV su deseo de ser franciscano, le relajó de la orden a la que pertenecía para ordenarle franciscano, en presencia de dieciséis cardenales y más de cien obispos y pronotarios. Renunciando a sus títulos en favor de su hermano Álvaro de Sotomayor, “lll conde”, con la condición de cambiar su nombre por el de Gutierre, éste contrajo matrimonio con Teresa Enríquez, hija del Almirante de Castilla Alonso Henríquez, y de Mª de Velasco y Manríquez.
Vendedor, Comprador. El comprador del castillo, Feliciano Gallego Mayoral era de Arrollo del Puerco (Badajoz), con residencia en la Puebla de Alcocer, trabajaba para el señor don Manuel Calderón y Palacios. Este señor era de la Puebla de Alcocer, y presbítero, siendo éste como era administrador general para representar al señor duque, y su apoderamiento, para las provincias de Cáceres, Badajoz y Córdoba. Cuando él señor Palacios vino a residir a Belalcázar en 1871-1872, se lo trajo con él como guarda de fincas del señor duque, don Mariano Téllez Girón…duque de Osuna y de Infantado…. Feliciano Gallego Mayoral, casó con Lucía Sánchez Villarejo, ahijada del señor cura. Antes de morir le hizo un traspaso de sucesión de apoderado del duque, en escritura pública, hasta que se ejecutaron los bienes del duque.
Venta.
El día 7 de julio de 1873 se extendió ante el señor notario de Belalcázar, don Rafael García Cote, el documento de venta del castillo, por el Excelentísimo señor don Manuel Calderón Díez y Palacios, natural de la
Puebla de Alcocer de 63 años, presbítero, vecino de esta población de Belalcázar, administrador general en Extremadura del señor Duque de Osuna y del Infantado, don Mariano Téllez Girón. Como comprador compareció don Feliciano Gallego Mayoral, de 31 años vecino de ésta. Intervienen el señor Gallego por sí y el señor Calderón y Palacio, en representación del Excelentísimo señor don Mariano Téllez Girón, duque de Osuna y del Infantado de 50 años y vecino de Madrid. Que el señor Manuel Calderón y Palacios viene representando al señor Duque,  en virtud de varios poderes que a efectos se legitima, otorgado y a tal fin consta en un solo documento, las facultades conferidas para las provincias de Cáceres, Badajoz y Córdoba, en vender y permutar, comprar fincas, censos, derechos, escritos y demás bienes por los precios, plazos y medios de pago en las condiciones que se estipule. Que le corresponde en propiedad un terreno destinado al cultivo de cereales de secano, en este término próximo a la villa por el lado norte, y un castillo con sus respectivas murallas situado en su centro, la cabida es de once fanegas, Lo heredó de su difunto hermano, el Excelentísimo   señor don Pedro Alcántara Téllez Girón, por testamento que éste otorgó en Madrid el 17 de Agosto de 1844, le instituyó por único y universal heredero de todos sus títulos y estado, incluso el de Béjar y Belalcázar, según escritura pública otorgado en esta villa 19 de Junio 1843, por don Romualdo Palacios y González vecino de ella y administrador de los bienes y renta que en la misma de Hinojosa correspondían. El  excelentísimo señor Duque de Osuna y Conde de Belalcázar, ante el notario, que era entonces don Venancio Lozano, en cuya escritura se detallan todas las fincas que él disfrutaba
y poseía en las villas de Belalcázar e Hinojosa, como sucesor del Excmo. Señor don Pedro Alcántara su hermano, desde su fallecimiento asumió en el mismo año el Excmo. Señor don Mariano Téllez Girón Duque de Osuna y del Infantado, Conde de Belalcázar y otros títulos, al tomo segundo del libro correspondiente a Belalcázar, folio 196, finca nº 108 inserción numero primero.
Cargas: El señor Manuel Calderón y Palacios declara que la misma se halla hipotecada al empréstito de 90 millones de Reales de Vellón, o sea veintidós millones quinientas mil pesetas, hecha por don Estanislao de Urquijo, al señor Duque la cual está inscrita en el registro dela propiedad.
Contrato:
Cláusula1ª- Dice que se pagará por la propiedad 5500 pesetas.
Clausula 3ª- Dice que el precio estipulado es el justo  y verdadero del valor de lo vendido y que no vale más.
Clausula 5ª- La presente venta se hace en concepto de la misma, completamente libre de carga para el comprador y que el señor Duque de Belalcázar representado por su apoderado, el señor Calderón Díez y Palacios, queda obligado en el término de un año a cancelar los veintidós millones y medio de pesetas, así como cualquier otra carga que se le apareciese, como también será cancelada el gravamen en que está constituida y se ha realizado por el empréstito de veintidós millones quinientas mil pesetas hecho por el señor Urquijo al señor duque, obligación del mismo empréstito por la cancelación de la cantidad por la cual está hipotecado dicho terreno. (No he podido encontrar aún la cancelación de la hipoteca).
Clausula 6ª- Se declara que la venta no se hace por la cabida de la finca, sino por el terreno contenido de las once fanegas.                                                     
Clausula 7ª- El vendedor responderá en todo tiempo al comprador, si hubiera reclamación  el señor Duque saldrá a la defensa y seguridad al pleito o cuestión, a su costa y riesgo, o hasta dejar al comprador en quieta y plácida posesión del expresado terreno.
Fueron testigos: Ricardo Pérez del Rey e Higinio Montes Rubio, vecinos de esta población.
En 1864 se llegó a un convenio en Madrid, donde se autorizó al sr. Duque, a vender los bienes hipotecados por el sr. Urquijo, con la condición de que el precio, se invirtiera en el pago de las deudas y de los intereses. La conocida quiebra del Sr. Duque de Osuna, resultó ser un proceso largo y complejo, prolongándose  sus efectos más allá de su muerte en 1882.





Este castillo fue declarado, Bien de Interés Cultural, en el año 2009.

El 14 -1-2008 fue adquirido por la Junta de Andalucía por 1.894.000 euros.

El 7 Junio 2018, se firma Licencia de Obras para el comienzo de la restauración del Castillo de Belalcázar.

La obra que se va realizar, estará enfocada en el refuerzo de la muralla albarrana del exterior, el camino de acceso al castillo, desde el  pilar, hacer visitable el alcázar, y la construcción de un centro de recepción para visitantes. Está adjudicada por 929.984 euros, más la fase de arqueología y la dirección de obra.
Llevamos oyendo durante muchos años las promesas, de restauración del castillo; con tantas idas y venidas, (sobre todo en años de elecciones), de los organismos competentes, de la Junta de Andalucía, con portadas de fotos en prensa, radio, televisión, comidas etc. Casi nadie ya creía que iban a dar un duro para la restauración, aunque sea poco el dinero para lo que realmente necesita, bienvenido sea. Hay que agradecer a esta concejalía, y sobre todo a su alcalde, el señor Francisco Luis Fernández Rodríguez, que haya conseguido arrancar, a la Junta estos dineros para el castillo. Los de corazones belalcazareños lo agradecemos.

A Dios rogando y con el mazo dando. La reclamación más inmediata ahora, es pedir la reparación urgente del convento de San Francisco, estando éste en estado calamitoso, y antes de que sea irreparable, habría que iniciar los contactos.



Fuente Documental.
Revista de Estudios Extremeños, 2010, Tomo LXVI, Nº. I I.S.N.N.: 0210-2854. Publicación de: José María Otero.
Archivo Histórico Nacional, sección Ducado de Osuna.
Protocolos Notariales, de Hinojosa y Belalcázar, (Escritura de venta).
Félix Hernández Jiménez.
Emilio Cabrera Muñoz.
Luis Romero Fernández, (Cronista de Hinojosa del Duque).

                          Cándido Gómez Suárez.


                                                            
                                25- Julio del 2018. Belalcázar.